martes, 1 de octubre de 2019

DE LA SECRETARÍA

La secretaría de la Comisión Receptora de Votos será desempeñada por quien haya sido designado por la Junta Electoral (preferentemente escribano público) para dicha función; a falta de éste, lo hará uno de los suplentes ordinales, de acuerdo al orden de su designación.

COMETIDOS DEL SECRETARIO:

1) Llevar la lista ordinal de votantes, llenar las actas de instalación, de clausura  y de escrutinio, y el registro de delegados, en la forma más prolija posible, y firmarlos con presidente y el vocal.

2)Firmar obligatoriamente los sobres a utilizar en la votación, las hojas de identificación y observación, las actas que labre la Comisión Receptora de Votos, así como toda hoja de votación que se anule durante el escrutinio.

3)Firmar conjuntamente con el presidente de la Comisión Receptora de Votos el recibo que acredita la entrega de las urnas y demás constancias que corresponda.

4)Expedir y firmar junto con el presidente y el vocal las copias del Acta de Escrutinio destinadas a la Junta Electoral y a los delegados.

5)Cumplir con las tareas que le son determinadas en el instructivo complementario para la aplicación (programa informático del circuito).



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